Otra aportación hecha a esa modesta revista, así es como yo visualizo el tema. Sé de antemano que muchas cosas han cambiado, pero no esta demás recordar esta frase:
Quien olvida su historia está condenado a repetirla
Jorge Agustín Nicolás Ruiz de Santayana
Esa es la frase escrita en la entrada del bloque número 4
del campo de Auschwitz I, en polaco y en inglés:
Kto nie pamięta historii, skazany jest na jej ponowne przeżycie.
The one who does not remember history is bound to live through it again.
Aquí comienza mi artículo completo:
Siéntase bien… bajo
su propio riesgo
“Me siento bien… ¿Pregúnteme cómo?”
¿Quién no ha visto esta frase
publicitaria en un botón ornamental que algunas personas portan? No solo me refiero a la marca, si no a la idea
que se le ha vendido a la sociedad a lo largo de la historia: ”todo lo natural
es inocuo”, y es que con la ola de
enfermedades que afecta a la grandes
urbes se busca en la naturaleza alguna respuesta mágica a la dolencia de la
población. Solo en América Latina el mercado de complementos alimenticios en el
2007 alcanzó los $ 2,500 millones, donde
Brasil y México juntos representaron el 67% del consumo. El marco regulador en América Latina es
relativamente nuevo. El mercado más amplio de países como Brasil y México posee
excelentes normas para medicamentos de venta sin receta médica, de venta libre u OTCs (del
inglés Over the counter), pero la capacidad para hacer cumplir los reglamentos
es limitada en muchos casos. De hecho los suplementos alimenticios sólo
recientemente se están viendo como una clase separada de los productos
procedentes de los productos farmacéuticos y alimenticios. Otro elemento
adicional es que la denominación de estos productos no está estandarizada u
homologada en el ámbito latinoamericano, observándose en los instrumentos
legales designaciones tales como complementos alimenticios o suplementos
dietéticos, dietarios, alimenticios o nutricionales aunque en términos
generales desde el punto de vista regulatorio son considerados como alimentos,
existen diferencias en la amplitud de cobertura de sus definiciones teóricas en
las normativas.
Si bien muchos de estos productos
esta en el horizonte entre un medicamento y un suplemento alimenticio, aún esto
no está completamente delimitado, sigue habiendo gran cantidad de lagunas
legales para poder hacer que productos con una acción farmacológica sigan
siendo catalogados como suplementos alimenticios que tienen un menor rigor en
el proceso de venta y dispensación. El tema ha sido casi histórico, porque la venta y dispensación de
medicamentos está avalado por una casa productora, la cual tiene toda la
responsabilidad legal y moral del uso de sus productos, pero los suplementos
alimenticios parecen dejar al lado ese punto importante, la leyenda: “Este
producto no es un medicamento. El consumo de este producto es responsabilidad
de quien lo recomienda y de quien lo usa”, a simple lectura no causa mayor
impresión, pero si hablamos de un problema relacionado con la ingesta de estos
productos la pregunta al aire seria:
¿Consumir o no bajo tu propio riesgo?
Saludos...
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